Se trata de una convocatoria de ayudas destinadas a las empresas del Principado de Asturias y cuyo objeto final es la adquisición, sustitución y adaptación de maquinaria y medios auxiliares, “Plan Renove”, para que las mismas alcancen unas mejores condiciones laborales por medio de la renovación de sus equipos de trabajo.
Inversiones Subvencionables
A los efectos de la presente subvención se considerarán Inversiones subvencionables.
1. Serán inversiones subvencionables aquellas de capital fijo destinadas a la adquisición, la adaptación, sustitución de maquinaria y equipos de trabajo que contribuyan a la reducción o eliminación de los riesgos laborales, de acuerdo con las actuaciones que figuran relacionadas en el anexo I, en empresas con centros de trabajo ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
2. Los medios técnicos de protección incorporados por la maquinaria y equipos de trabajo a adquirir, adaptar o sustituir tendrán que suponer una mejora de las condiciones de trabajo.
3. Las acciones de adecuación, sustitución o adquisición se realizarán de acuerdo con lo previsto en la Ley 31/1995, en particular en su artículo 17, y con la normativa de desarrollo.
4. Los equipos adquiridos tendrán que ser nuevos y contarán con los requisitos técnicos correspondientes legalmente
y reglamentariamente exigibles (marcaje o declaración de conformidad CЄ). En el caso de equipos en los que no sea preceptivo el marcado CE, deberán ser normalizados o cumplir la normativa concreta de aplicación.
5. La adecuación de los equipos tendrá que contar, si procede, con el proyecto visado por el Colegio profesional correspondiente.
6. En ningún caso será subvencionable el IVA no definitivamente soportado o recuperable por cualquier medio por el beneficiario de la subvención.
7. A efectos de justificación de la subvención recibida serán admitidas las inversiones efectuadas desde el 30 de octubre de 2010. No obstante, serán admitidas otras inversiones en los términos siguientes:
a) En el caso de adecuaciones de máquinas o equipos con una empresa externa y a tenor del largo proceso que conlleva dicha adecuación, se admitirán como subvencionables los gastos e inversiones realizados para tal fin en el año anterior.
8. Serán objeto de ayuda las inversiones bajo fórmulas de arrendamiento financiero, siempre que la empresa asuma el compromiso de ejercer la opción de compra en el plazo de dos años a contar desde la fecha en que se haya notificado la resolución de concesión de la subvención.
Cuantía de la ayuda
La cuantía de la ayuda, a fondo perdido, será de hasta 40.000 € por empresa solicitante, sin que la misma pueda superar el 33% de la inversión
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación requerida, comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y finalizará en el plazo de los dos meses siguientes a dicha publicación (BOPA 04/04/2011)
Puede consultar la convocatoria íntegra en el siguiente enlace
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