Obligaciones Legales
| MATERIA |
ACTIVIDAD |
| Residuos |
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| Vertidos |
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| Emisiones a la Atmósfera |
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Residuos
Actividades que produzcan anualmente una cantidad igual o superior a los 10.000 Kilos de residuos peligrosos
Solicitud:
Acompañada de la siguiente documentación:
- Estudio sobre producción de residuos.
- Copia de la Licencia municipal de actividad o solicitud de la misma
- Documento de aceptación del gestor o gestores finales de los residuos.
- Copia del Seguro de Responsabilidad Civil que cubra posibles daños medioambientales.
La solicitud habrá de presentarse en:
Consejería de Medio Ambiente
Ordenación del Territorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental y Obras HIdráulicas-Servicio de Gestión Ambiental
Edificio Administrativo de Servicios Múltiples
C/ Coronel Aranda, 2
Oviedo
Actividades que produzcan anualmente una cantidad inferior a los 10.000 Kilos.
Solicitud:
- Estudio sobre producción de residuos.
- Copia de la Licencia municipal de actvidad.
- Documentos de aceptación del gestor o gestores finales
La solicitud habrá de presentarse en:
Consejería de Medio Ambiente
Ordenación del Territorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental y Obras HIdráulicas-Servicio de Gestión Ambiental
Edificio Administrativo de Servicios Múltiples
C/ Coronel Aranda, 2
Oviedo
Para el transporte asumiendo la titularidad, el almacenamiento, la valorización y/o eliminación:
Solicitud:
Acompañada de la siguiente solicitud:
- Para el Transporte:
- Memoria
- Tipos de residuos que se van a transportar con su código CER
- Datos relativos a los vehículos utilizados
- Cantidad anual de residuos a transportar
- Tipo, cantidad y características del recipiente a utilizar
- Tarjeta de Inspección y técnica de vehículos
- Permiso de circulación
- Tarjeta de transporte
- Seguro de responsabilidad civil
- ADR de cada uno de los vehículos.
- Para el almacenamiento, la valorización y/o eliminación:
- Licencia municipal de la entidad.
- Estudio de la tecnología aplicable en las instalaciones y a su funcionamiento, proceso de tratamiento o eliminación de dotaciones de personal y material y, en general, prescipciones técnicas, así como de las medidas de control y corrección de las consecuencias que puedan derivarse de averías o accidentes.
- Dicho estudio constará de:
- Proyecto Técnico
- Proyecto de explotación
- Estudio de Impacto ambiental
- Documento de aceptación del gestor final en caso de que se actue como gestor intermedio.
La Solicitud habrá de presentarse en:
Consejería de Medio Ambiente
Ordenación del Territorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental y Obras HIdráulicas-Servicio de Gestión Ambiental
Edificio Administrativo de Servicios Múltiples
C/ Coronel Aranda, 2
Oviedo
Sin asumir la titularidad:
Solicitud:
Acompañando la siguiente documentación:
- Datos relativos de los residuos a transportar
- Datos relativos a los vehículos utilizados
- Tarjeta de inspección técnica de vehículos
- Permiso de circulación
- Tarjeta de transporte
- Seguro de responsabilidad civil
- ADR de cada uno de los vehículos
La Solicitud habrá de presentarse en:
Consejería de Medio Ambiente
Ordenación del Territorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental y Obras HIdráulicas-Servicio de Gestión Ambiental
Edificio Administrativo de Servicios Múltiples
C/ Coronel Aranda, 2
Oviedo
Vertidos
La Solicitud deberá contener, como mínimo los siguientes datos:
- Nombre y apellidos o razón social, del titular del vertido, y en su caso, de la persona que lo represente.
- Proyecto Técnico
- Las actuaciones y medidas previstas para su puesta en práctica en los casos de emergencia o peligro.
- Proyecto de la instalación de tratamiento previo al vertido al saneamiento, en su caso.
Si el vertido se realiza a redes de saneamiento municipal, la solicitud debe presentarse en el Ayuntamiento correspondiente.
La solicitud se tramita y resuelve junto con la licencia municipal de la actividad
Si el vertido se realiza a redes de competencia autonómica de be presentarse en:
Consejería de Medio Ambiente
Ordenación del Territorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental y Obras HIdráulicas-Servicio de Gestión Ambiental
Edificio Administrativo de Servicios Múltiples
C/ Coronel Aranda, 2
Oviedo
La solicitud deberá contener, como mínimo los siguientes datos:
- Características detalladas de la actividad causante del vertido
- Localización exacta del punto donde se produce la evacuación, inyección o depósito de las aguas o productos residuales.
- Características cuantitativas y cualificativas de los vertidos.
- Descripción sucinta de las instalacicones de depuración o eliminación, en su caso, y de las medidas de seguridad en evitación de vertidos acccidentales.
- Petición, en su caso, de imposición de servidumbre forzosa de acuerdo o de declaración de utilidad pública a los efectos de expropiación forzosa.
La solicitud deberá acompañarse proyecto, suscrito a un técnico competente, de las obras e instalaciones de depuración o eliminación que en su caso, fueran necesarias para que el grado de depuración sea el adecuado al grupo de calidad del medio receptor.
La responsabilidad de concerder la autorización de vertido a cuencas intercomunitarias, es concedida por el Estado a través de la Confederación Hidrográfica del Norte.
Oficinas Centrales
Plaza de España, 2
Oviedo
La solicitud deberá contener, como mínimo los siguientes datos:
- Solicitud de autorización de vertido de aguas residuales al mar.
- Documentación justificativa de la personalidad del peticionario, del comparenciente y de la representación en que éste actúa.
- Proyecto específico que debe acompañar a la solicitud de autorización, que habrá de presentarse por triplicado y en el que se describan las instalaciones de recogida, tratamiento y vertido de las aguas residuales, así como las características de composición y caudales de vertido que se requiere.
- Solicitud de concesión de ocupación del dominio público marítimo terrestre si es necesaria la ocupación del mismo para la actividad productora del vertido.
- Solicitud de concesión de ocupación del dominio público porturario dirigida a la autoridad portuaria, si es necesaria la ocupación del mismo.
La solicitud debe presentarse en:
Consejería de Medio Ambiente
Ordenación del Territorio e Infraestructuras DG Calidad Ambiental y Obras HIdráulicas-Servicio de Gestión Ambiental
Edificio Administrativo de Servicios Múltiples
C/ Coronel Aranda, 2
Oviedo
Obligaciones y responsabilidades de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
- Inscripción en el Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (clasificada como tipo A, B, ó C)
- Las actividades industriales comprendidas en los Grupos A y B deberán presentar para su instalación, ampliación, modificación o traslado un proyecto sobre emisiones atmosféricas por triplicado suscrito por técnico competente autorizado y visado por el Colegio Oficial que corresponda, en el que se recoja el cumplimiento de las condiciones precisas para limitar la contaminación atmosférica.
- Para las actividades del Grupo C, bastará con que presenten, ante la Dirección General de la Minería, Industria y Energía, una declaración formal de que su proyecto de instalación, ampliación, modificación o traslado se ajusta a las disposiciones legales sobre emisión de contaminantes a la atmósfera (Artículos 8.1 y 17 de la Orden de 18 de Octubre de 1976). Descargar Art. 8.1
, Descargar Art. 17 
- Solicitud de autorización de puesta en marcha como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera.
- Presentar en: Dirección General de Calidad Ambiental y Obras Hidráulicas- Servicio de Gestión Ambiental- Sección Calidad del Aire.
- Inspecciones periódicas reglamentarias realizadas por Entidades Colaboradoras de la Administración (ECA). La periodicidad se establece también en la autorización de puesta en marcha:
- Grupo A: cada 2 años.
- Grupo B: cada 3 años
- Grupo C: Cada 5 años
- Realizar autocontroles periódicos de las emisiones:
- Grupo A: cada 15 días
- Grupo B: sin especificar (la periodicidad la establece la Consejería de Medio ambiente: Dirección General de Calidad Ambiental y Obras Hidráulicas)
- Grupo C: Sin especificar (no están sometidas a ninguna obligatoriedad legal en materia de efectuar mediciones de los contaminantes emitidos a la atmósfera)
- Cumplimiento de los límites de emisión:
- Los límites de emisión se imponen para cada foco emisor. Los parámetros dependen de la actividad, si bien normalmente regulados on:
- Partículas
- Oxidos de nitrógeno
- Dióxido de azufre.
- Las chimeneas y cualquier foco emisor de contaminantes deberán acondicionarse permanentemente para quelas mediciones y lecturas puedan practicarse sin previo aviso, fácilmente y con garantías para el personal inspector (Orden de 18 de octubre de 1976)
- Las industrias incluidas en los grupos A y B del Catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, cuyas plantillas superen las 250 personas o dispongan de instalaciones que emitan contaminantes en cuantía superior a la indicada en el artículo 19 de la Orden 18 de Octubre de 1976, dispondrán de un Servicio de Prevención y Corrección de la Contaminación Industrial de la Atmósfera, dedicado a la vigilancia y control de los equipos de depuración de las emisiones contaminantes y de us instrumentos de control.
- La dirección General de Calidad Amiental y Obras Hidráulicas de la Consejería de Medio Ambiente podrá eximir de esta obligatoriedad cuando se considere razonablemente innecesaria la existencia de tal servicio.
- Cumplimentar el libro registro de medioaciones de las emisiones y archivarlos durante 5 años como mínimo
- Toda instalación calificada como potencialmente contaminadora de la atmósfera debe disponer de libro de registro de emisiones adaptado al modelo oficial, Anexo IV de la Orden de 18 de Octubre de 1976, Descargar
, foliado y sellado por la Dirección Regional de Medio Ambiente. En este libro se hará constar de forma clara:
- Resultados de las mediciones
- Análisis de contaminantes
- Fechas y horas de limpieza y revisión periódica de las instalaciones de depuración, paradas por avería, comprobaciones e incidencias de cualquier tipo.
Comunicar a la Dirección Genaral de Calidad Ambiental y Obras HIdráulicas, las anomalías o averías de sus instalaciones o sistemas de depuración que puedan repercutir en la calidad del aire ce la Zona.