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Aduanas

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¿Qué código se utiliza para la clasificación arancelaria de las mercancías?

Se utiliza el código llamado Nomenclatura Combinada (NC) en el caso de los intercambios de mercancías entre los Estados Miembros de la Unión Europea. Cuando los intercambios se producen con terceros países, el código que se utiliza es el Código TARIC, que toma como base la NC.

La Nomenclatura Combinada y, por extensión, el Código TARIC están basados en la Nomenclatura del Sistema Armonizado (NSA), que fue adoptada bajo el Convenio Internacional del Sistema Armonizado firmado en Bruselas.

¿Qué es el TARIC?

Es donde se recogen las disposiciones arancelarias y las de política comercial, según los orígenes, incluyendo arancel y Nomenclatura Combinada. El TARIC recoge la normativa aplicable a un producto dado cuando éste se importe en el territorio aduanero de la Comunidad o, en determinados casos, sea exportado del mismo. 

¿Qué documento se utiliza, en la Unión Europea, para declarar la mercancías ante la aduana?

DUA (Documento Único Administrativo). El documento para efectuar el despacho de importación y exportación es el Documento Único Administrativo, que cumple una función fiscal y otra estadística.

¿En qué casos utilizaremos el DUA?

En el caso de mercancía no comunitaria para el despacho a librepráctica o a consumo, para la inclusión de las mercancías bajo cualquier otro régimen aduanero, incluido el tránsito comunitario y para su reexportación fuera del territorio aduanero de la Unión.

En el caso de mercancía comunitaria se usará para su exportación, en los intercambios entre partes del territorio aduanero de la Unión cuando en una de ellas sea de aplicación la Directiva sobre el IVA y en la otra no, en los intercambios entre partes del territorio comunitario donde no sean de aplicación las disposiciones de la Directiva del IVA, para amparar la circulación por el territorio aduanero comunitario de mercancías previamente despachadas de exportación en un Estado miembro distinto del Estado miembro de salida efectiva o en los supuestos de inclusión en el régimen fiscal de depósito distinto del aduanero.

¿Qué es el Arancel de Aduanas?

Es un reglamento (CE) donde figuran los derechos que gravan las mercancías y se recogen medidas arancelarias de carácter general que se aplican en el comercio de importación.

Le recomendamos que examine el Arancel Aduanero Común de la Unión Europea ("Arancel"). Se publica anualmente en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, serie L, antes del 31 de octubre de cada año. Su entrada en vigor es el primero de enero del año siguiente al de su publicación.

El Arancel de la Unión Europea se basa en la Nomenclatura Combinada (NC) europea. Este reglamento dispone de un único anexo que es la propia "Nomenclatura Combinada". La Nomenclatura Combinada esta dividida en tres partes:

  • Disposiciones preliminares: Las disposiciones preliminares contienen reglas de carácter general respecto a la interpretación de la nomenclatura y a la aplicación de los derechos.
  • Cuadro de derechos: Es una tabla
    • La primera columna recoge el código NC.
    • La siguiente una breve descripción de la mercancía.
    • La tercera columna recoge los tipos de los derechos y los demás elementos de percepción aplicables.
    • En la última columna se recogen las unidades suplementarias que deben declararse a efectos estadísticos, además del peso en kilogramos.
  • Anexos arancelarios: Los anexos arancelarios recogen productos a los que se da un tratamiento especial. El TARIC es un instrumento donde se recopilan disposiciones arancelarias y de política comercial de diferente origen, que incluye el arancel y la Nomenclatura Combinada.

¿Dónde pueden ayudarme a clasificar mis mercancias?

Si necesita una respuesta que le garantice la clasificación de sus mercancías, puede dirigirse a la Subdirección General de Gestión Aduanera del Departamento de Aduanas e II.EE de la AEAT y solicitar por escrito información arancelaria vinculante (IAV).

¿Podemos recuperar el IVA que hemos pagado en otros países comunitarios?

En determinadas circunstancias, la compra de productos en otro país comunitario o, principalmente, la prestación de servicios en esos países puede comportar para el vendedor o el prestador del servicio la obligación de facturar con su IVA.

En la gran mayoría de esos casos, nuestra empresa podrá solicitar la devolución del IVA pidiéndolo a la Administración de Hacienda de ese país, de acuerdo con el procedimiento general establecido en el ámbito comunitario y desarrollado por cada país miembro. En todo caso, quedará en manos de la Hacienda local determinar si reembolsa o no ese IVA de acuerdo con la aplicación de la legislación nacional.

¿Cuáles son los regímenes comerciales de importación y exportación?

En relación a las importaciones, el régimen se establece en función de los países y territorios de origen, dando lugar a los siguientes regímenes:

  • Importaciones o exportaciones en régimen de libertad comercial, que pueden a su vez ser de "Libertad Total" (no se exige ningún documento previo a la importación o exportación) o "Libertad con Vigilancia Previa" cuando se exige una vigilancia estadística previa a la importación o exportación. Los documentos exigidos pueden ser:
    • DOVI (Documento de Vigilancia)
    • NOPE (Notificación Previa de Exportación)
    • NOPI (Notificación Previa de Importación)
    • Certificados de importación o de exportación o fijación anticipada (a efectos de la Política Agrícola Común).
  • Importaciones o exportaciones en régimen de restricción comercial. Corresponde a los productos cuya importación o exportación de o a un determinado país causa daño comercial en el momento de la vigencia de dicho régimen. Se utilizan los siguientes documentos:
    • La Autorización Administrativa de Importación (AAI)
    • La Autorización Administrativa de Exportación por operación (AAEO)
    • La Licencia de Importación (LI).

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