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FAQS Preguntas frecuentes

Aduanas

¿Qué código se utiliza para la clasificación arancelaria de las mercancías?

Se utiliza el código llamado Nomenclatura Combinada (NC) en el caso de los intercambios de mercancías entre los Estados Miembros de la Unión Europea. Cuando los intercambios se producen con terceros países, el código que se utiliza es el Código TARIC, que toma como base la NC.

La Nomenclatura Combinada y, por extensión, el Código TARIC están basados en la Nomenclatura del Sistema Armonizado (NSA), que fue adoptada bajo el Convenio Internacional del Sistema Armonizado firmado en Bruselas.

¿Qué es el TARIC?

Es donde se recogen las disposiciones arancelarias y las de política comercial, según los orígenes, incluyendo arancel y Nomenclatura Combinada. El TARIC recoge la normativa aplicable a un producto dado cuando éste se importe en el territorio aduanero de la Comunidad o, en determinados casos, sea exportado del mismo. 

¿Qué documento se utiliza, en la Unión Europea, para declarar la mercancías ante la aduana?

DUA (Documento Único Administrativo). El documento para efectuar el despacho de importación y exportación es el Documento Único Administrativo, que cumple una función fiscal y otra estadística.

¿En qué casos utilizaremos el DUA?

En el caso de mercancía no comunitaria para el despacho a librepráctica o a consumo, para la inclusión de las mercancías bajo cualquier otro régimen aduanero, incluido el tránsito comunitario y para su reexportación fuera del territorio aduanero de la Unión.

En el caso de mercancía comunitaria se usará para su exportación, en los intercambios entre partes del territorio aduanero de la Unión cuando en una de ellas sea de aplicación la Directiva sobre el IVA y en la otra no, en los intercambios entre partes del territorio comunitario donde no sean de aplicación las disposiciones de la Directiva del IVA, para amparar la circulación por el territorio aduanero comunitario de mercancías previamente despachadas de exportación en un Estado miembro distinto del Estado miembro de salida efectiva o en los supuestos de inclusión en el régimen fiscal de depósito distinto del aduanero.

¿Qué es el Arancel de Aduanas?

Es un reglamento (CE) donde figuran los derechos que gravan las mercancías y se recogen medidas arancelarias de carácter general que se aplican en el comercio de importación.

Le recomendamos que examine el Arancel Aduanero Común de la Unión Europea ("Arancel"). Se publica anualmente en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, serie L, antes del 31 de octubre de cada año. Su entrada en vigor es el primero de enero del año siguiente al de su publicación.

El Arancel de la Unión Europea se basa en la Nomenclatura Combinada (NC) europea. Este reglamento dispone de un único anexo que es la propia "Nomenclatura Combinada". La Nomenclatura Combinada esta dividida en tres partes:

  • Disposiciones preliminares: Las disposiciones preliminares contienen reglas de carácter general respecto a la interpretación de la nomenclatura y a la aplicación de los derechos.
  • Cuadro de derechos: Es una tabla
    • La primera columna recoge el código NC.
    • La siguiente una breve descripción de la mercancía.
    • La tercera columna recoge los tipos de los derechos y los demás elementos de percepción aplicables.
    • En la última columna se recogen las unidades suplementarias que deben declararse a efectos estadísticos, además del peso en kilogramos.
  • Anexos arancelarios: Los anexos arancelarios recogen productos a los que se da un tratamiento especial. El TARIC es un instrumento donde se recopilan disposiciones arancelarias y de política comercial de diferente origen, que incluye el arancel y la Nomenclatura Combinada.

¿Dónde pueden ayudarme a clasificar mis mercancias?

Si necesita una respuesta que le garantice la clasificación de sus mercancías, puede dirigirse a la Subdirección General de Gestión Aduanera del Departamento de Aduanas e II.EE de la AEAT y solicitar por escrito información arancelaria vinculante (IAV).

¿Podemos recuperar el IVA que hemos pagado en otros países comunitarios?

En determinadas circunstancias, la compra de productos en otro país comunitario o, principalmente, la prestación de servicios en esos países puede comportar para el vendedor o el prestador del servicio la obligación de facturar con su IVA.

En la gran mayoría de esos casos, nuestra empresa podrá solicitar la devolución del IVA pidiéndolo a la Administración de Hacienda de ese país, de acuerdo con el procedimiento general establecido en el ámbito comunitario y desarrollado por cada país miembro. En todo caso, quedará en manos de la Hacienda local determinar si reembolsa o no ese IVA de acuerdo con la aplicación de la legislación nacional.

¿Cuáles son los regímenes comerciales de importación y exportación?

En relación a las importaciones, el régimen se establece en función de los países y territorios de origen, dando lugar a los siguientes regímenes:

  • Importaciones o exportaciones en régimen de libertad comercial, que pueden a su vez ser de "Libertad Total" (no se exige ningún documento previo a la importación o exportación) o "Libertad con Vigilancia Previa" cuando se exige una vigilancia estadística previa a la importación o exportación. Los documentos exigidos pueden ser:
    • DOVI (Documento de Vigilancia)
    • NOPE (Notificación Previa de Exportación)
    • NOPI (Notificación Previa de Importación)
    • Certificados de importación o de exportación o fijación anticipada (a efectos de la Política Agrícola Común).
  • Importaciones o exportaciones en régimen de restricción comercial. Corresponde a los productos cuya importación o exportación de o a un determinado país causa daño comercial en el momento de la vigencia de dicho régimen. Se utilizan los siguientes documentos:
    • La Autorización Administrativa de Importación (AAI)
    • La Autorización Administrativa de Exportación por operación (AAEO)
    • La Licencia de Importación (LI).

Cobertura de riesgos

¿Qué significan las siglas CESCE?

CESCE son las siglas de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, empresa especializada en la cobertura de riesgos de impago derivados de las ventas de productos y servicios de las empresas en los mercados interiores y exteriores.

¿Qué riesgos cubre CESCE (Compañia Española de Crédito a la Exportación)?

CESCE cubre, por cuenta propia, los riesgos comerciales a corto plazo, tanto dentro como fuera de España, y por cuenta del Estado los riesgos comerciales a largo plazo y los riesgos políticos en todos sus plazos, relacionados con la actividad exterior de las empresas españolas.

  • Riesgos comerciales: Son los que se producen en el ámbito de la actuación mercantil privada y corresponden principalmente a los incumplimientos de las entidades privadas.
  • Riesgos políticos: Son los que tienen su origen en la actuación soberana de un estado.

Documentos de comercio exterior

¿Qué es una factura comercial?

Es un documento administrativo que emite el vendedor al realizar la expedición de la mercancía y tiene una función de carácter contable, tanto para el vendedor como para el comprador. Si se trata de una operación no comunitaria, el comprador necesitará siempre este documento para poder realizar los trámites aduaneros en el país de importación. La estructura de una factura comercial no está sujeta a ningún formato y las condiciones que debe cumplir se reflejan en el BOE nº 2983 del 13 de Diciembre de 1985 y el Reglamento CEE 2454/93 y son básicamente los siguientes:

  • Fecha, nombres y razones comerciales de vendedor y comprador.
  • Denominación precisa y cantidad de mercancía.
  • Precio unitario y total de la mercancía en la divisa pactada.
  • Forma y condiciones de pago.
  • Términos de entrega de la mercancía (hace referencia a los términos internacionales de negociación publicados por la Cámara de Comercio Internacional; se aconseja utilizar la versión del 2000).
  • No es necesario que estén firmadas.

Además de los datos que señala el Reglamento Comunitario, deberán incluirse los siguientes:

  • Número de identificación a efectos del IVA del vendedor y del comprador (en operaciones intracomunitarias).
  • Referencia al pedido o factura proforma.
  • Origen de la mercancía.
  • Medio de transporte.

Si la factura estuviese emitida en una lengua no oficial, la aduana podrá exigir traducción oficial de la factura. Es aconsejable indicar la partida estadística, según su codificación en el Arancel Aduanero Comunitario (TARIC) en las operaciones no comunitarias, siendo necesarias en las operaciones comunitarias.

Una característica importante en las facturas de exportación es que el importe de la venta no está sujeto a IVA, al no considerarse, según la Ley del IVA, hecho imponible las entregas de bienes fuera del territorio fiscal español.

En algunas circunstancias, generalmente impuestas por el comprador (importador), no siempre coinciden los datos consignados en la factura comercial presentadas en la aduana de origen, donde se lleva a cabo el despacho de exportación, con los datos señalados en la factura comercial remitida al comprador (importador). Este hecho es debido a que las mercancías, mayoritariamente, tributan por su valor en aduana, es decir, derechos ad valorem. Dicha circunstancia lleva a que en países donde la administración de aduanas es de dudosa reputación, los importadores, con el propósito de ingresar una menor cantidad en concepto de derechos arancelarios, presenten facturas comerciales con un menor importe. La mencionada práctica, ilegal a todas luces, conlleva sanciones económicas a los importadores que la ejercen, pudiendo peligrar las ventas de la empresa exportadora en aquel país.

¿Qué es un "packing list"?

El packing list o relación de contenido completa la información descrita en la factura comercial, en cuanto a la mercancía, y debe ser siempre emitido por el exportador. Es un documento que tiene una gran importancia en aquellas situaciones donde se produzca un despacho aduanero físico y sirve para facilitar el reconocimiento selectivo por parte del "actuario" de aduanas. Asimismo, se hace servir para comprobar, en el momento de entrar la mercancía en el almacén, la corrección en cuanto a faltas, daños, sobras, etc. Debe contener:

  • Indicación de la factura a la que corresponde.
  • Fecha, nombre y razón social del vendedor y comprador.
  • Cantidad, denominación precisa y tipo de embalaje de la mercancía, con identificación de marcas.
  • Numeración del tipo de embalaje y el contenido de cada uno de ellos.
  • Peso bruto y neto y cubicación.

¿Qué es un EUR1?

Es un documento justificativo del origen preferencial otorgado por la Unión Europea con aquellos países con los cuales mantiene un Acuerdo Preferencial. El certificado constituye el título justificativo para la aplicación del régimen arancelario preferencial.

Este documento es utilizado en el comercio con países Mediterráneos, EFTA y países ACP (África, Caribe y Pacífico), así como para las mercancías originarias de países y territorios de ultramar (PTUM). Los países ACP gozan de un tratamiento especial en virtud de que, en la mayoría de los casos, se trataba de antiguas colonias de algún país de la UE.

Para el caso de los países PTUM, países y territorios de ultramar, se trata o bien de países o bien de territorios en dependencia con la metrópoli, dependencia que puede ser absoluta o atenuada, pero que en cualquier caso tienen alguna relación directa con algún Estado miembro de la Unión Europea.

Las preferencias que se otorgan a los países ACP fueron producto de las negociaciones que fructificaron en el denominado “Convenio de Lomé”. Este certificado será expedido en el momento de la exportación de las mercancías a que se refiera por las autoridades del Estado miembro o del país o territorio de exportación. 

¿Qué países necesitan el EUR1 y el EUR2?

Aquellos países con los que existen acuerdos preferenciales. El EUR1 sirve como justificante del trato preferencial en ambos sentidos, es decir, de existir trato preferencial recíproco, el EUR1 servirá tanto para exportaciones como para importaciones.

Si sólo existiese trato preferencial con carácter unilateral, la presentación de un EUR1 en exportaciones no tendría sentido. Aunque en raras ocasiones, puede darse el caso que en un país determinado coincida la clasificación SPG (Sistema de Preferencias Generalizadas) con la de Acuerdo Preferencial. En este caso habría que seleccionar el más adecuado a las necesidades del exportador. El EUR2 se utiliza para envíos postales, o envíos con un valor inferior a 215 €. Los países con los que la Unión Europea tiene un acuerdo preferencial son: 

  • Argelia
  • Bosnia-Herzegovina 
  • Cisjordania /Franja de Gaza 
  • Croacia
  • Egipto
  • Islancia
  • Islas Feroe
  • Islas Malvinas
  • Islas Pitcairn
  • Israel
  • Jordania
  • Líbano
  • Liechtenstein
  • Marruecos
  • Noruega
  • República de Macedonia
  • Republica de Serbia y Montenegro
  • Suiza
  • Tanzania
  • Togo
  • Tonga Uganda
  • Islas Turcas y Caicos
  • Túnez
  • Belice
  • Burundi
  • Benin
  • Bostwana
  • Bahamas
  • Siria
  • Islas Wallis y Futuna
  • Mayyotte
  • Burkina Faso
  • Cabo Verde
  • Camerún
  • Antigua y Bermuda 
  • Comoras
  • Angola
  • Chad
  • Congo
  • Barbados
  • Trinidad y Tobago
  • Tuvalu
  • Uganda 
  • Kenya 
  • Kiribati
  • Ghana
  • Fidji 
  • Gabón
  • Dominica 
  • Etiopía 
  • Polinesia Francesa
  • Regiones Polares (Antartida y Georgia del Sur)
  • Gambia
  • Granada
  • Guinea
  • Djibouti
  • Guinea Ecuatorial
  • Costa de Marfil 
  • Guinea-Bissau 
  • Guyana
  • El Salvador
  • Vanatu
  • Zaire
  • Zambia 
  • Madagascar 
  • Malawi 
  • Montserrat 
  • Malí 
  • Mauritania
  • Jamaica 
  • Liberia
  • San pedro y Miguelón
  • Santa Helena y Dependencias 
  • Mauricio
  • Mozambique
  • Namibia
  • Islas Vírgenes Británicas 
  • Nigeria
  • Haití
  • Níger
  • Papua- Nueva Guinea
  • Lesotho
  • Zimbawe
  • Anguila 
  • Antillas Neerlandesas
  • San Cristóbal y Nieves
  • Santa Lucia
  • Saychelles y dependencias
  • San Vicente y las Granadinas del Norte
  • Santo Tome y Príncipe 
  • Ruanda
  • Samoa Occidental
  • Territorio británico del Océano Indico
  • Nueva Caledonia y dependencias
  • Senegal
  • Sierra Leona
  • Somalia 
  • Republica Dominicana
  • Surinam
  • Republica Centroafricana
  • Sudan
  • Swazilandia
  • Isla Salomón
  • Aruba
  • Groenlandia 
  • Islas Caimán

¿Qué es el DUA?

El DUA (Documento Único Administrativo) es el soporte papel de nuestra declaración de importación o exportación ante las autoridades aduaneras.

El Documento Único Administrativo (DUA) está formado por un legajo de 8 ejemplares más un noveno de uso nacional que supone la autorización para la retirada o embarque de las mercancías (“levante”), utilizándose uno u otros según el tipo de operación que reflejen. Así, por ejemplo, el DUA presentado para una declaración de importación usará los ejemplares 6, 7, 8 y 9 del legajo; el DUA para exportación los ejemplares 1, 2, 3, 4 y 9, y el DUA para la inclusión de mercancías en el régimen de Tránsito comunitario usará los ejemplares 1, 4, 5, 7 y 9.

Cada ejemplar tiene una función distinta. Así, por ejemplo, y como más relevantes, los ejemplares 1 y 6 conforman el expediente de exportación e importación juntamente con todos los demás documentos anexos; los ejemplares 2 y 7 son para usos estadísticos; los ejemplares 3 y 8 son los del exportador e importador respectivamente.

Existen, asimismo, formularios complementarios a los principales para el caso de existir más de una partida de orden en la declaración. Para los soportes papel de las declaraciones de importación y exportación enviadas por sistemas informáticos existen formularios al efecto con el número de ejemplares reducido (8 y 9 y 3 y 9 para importación y exportación respectivamente).

Actualmente, y previa solicitud ante las autoridades aduaneras, para los documentos de Tránsito enviados por sistemas informáticos, se permite la impresión del documento en folio normal, con las condiciones técnicas de impresión descritas y conformes a la normativa al efecto desarrollada (sistema NCTS).

¿Qué es un Certificado de origen?

El certificado de origen, así como el EUR, el FORM A y otros documentos de origen, sirve para acreditar frente a la autoridad aduanera de importación que la mercancía que en él se detalla se ha fabricado o producido en el país que se indica como origen.

La acreditación del origen resulta imprescindible para determinar el arancel aplicable a la importación y los regímenes preferenciales derivados de acuerdos entre ambos países. El certificado de origen es expedido por las Cámaras de Comercio.

¿Qué es un ATA?

Es un documento que permite a la empresa realizar la exportación temporal a un país no comunitario y la posterior reimportación de la mercancía sin tener que liquidar los aranceles e impuestos que gravan la importación.

El cuaderno ATA se utiliza cuando la empresa necesita transportar temporalmente una mercancía (ya sea para exhibirla en una feria o porque se trate de material profesional para una reparación o trabajo) y, posteriormente, devolverla a su país sin que haya sufrido transformación alguna.

Este documento es emitido por las Cámaras de Comercio y tiene validez únicamente para los países incluidos en el Convenio ATA. Para poder utilizarlo, la empresa depositará la garantía correspondiente en la Cámara de Comercio donde solicite su expedición. 

Formas de pago

¿Qué clases de medios de pago hay?

El medio de pago por el cual comprador y vendedor liquidan la operación comercial puede ser:

  • Medio de pago no documentario
  • Medio de pago documentario

La liquidación de una operación comercial puede efectuarse de distintas formas según el medio de pago escogidos. Los medios de pago se pueden dividir en: medios de pago no documentales y medios de pago documentales. Los medios de pagos no documentales son aquellos en los que sólo existe movimiento de fondos entre comprador y vendedor, y los documentos asociados a la operación comercial no están ligados a la forma de liquidación. Los medios de pago no documentales son:

  • Billetes y cheques bancarios al portador (efectivo)
  • Cheque personal
  • Cheque bancario
  • Transferencia u orden de pago simple

Los medios de pago documentales son aquellos en los que el movimiento de fondos va ligado al intercambio de documentos comerciales y/o financieros que dan la posesión de la mercancía. Los medios de pago documentales son:

  • La orden de pago documentaria
  • La remesa simple
  • La remesa documentaria
  • El crédito documentario

¿Qué confianza nos dan los medios de pago?

Los distintos medios de pago nos definen un aspecto de confianza entre comprador y vendedor. Esta confianza dependerá de diversos factores que van desde la experiencia y el conocimiento mútuo que exista entre comprador y vendedor hasta la posición de fuerza de alguna de las partes. La confianza con relación al medio de pago nos viene dada por el vendedor y las características del mercado en el cual está efectuando la venta. Es decir, independientemente de la posición del comprador, la elección de una forma de pago u otra implica una confianza del vendedor frente al comprador. En el comprador, la confianza aparece cuando, elegido uno u otro medio de pago, éste se efectúa por anticipado, es decir, ha de confiar en que el vendedor le efectúa la entrega de las mercancías o servicios en la calidad y tiempo pactados.

  • Medios de pago en los que la confianza es máxima son:
    • El cheque personal
    • El cheque bancario
    • La transferencia u orden de pago simple
    • La remesa simple
  • Los medios de pago en los que la confianza es media son:
    • La orden de pago documentaria
    • La remesa documentaria.
  • Los medios de pago en los que la confianza es mínima son: El crédito documentario

La confianza nos viene definida porque el comprador espera y confía en la obligación que tiene el vendedor en uno u otro medio de pago para liquidar la operación. Así, en los medios de pago de confianza máxima, el pago dependerá de la acción que ejecute el vendedor para liquidar la operación y que no está en manos del comprador. En los medios de pago con confianza media, si el comprador no efectúa el pago, o acepta un giro a su cargo, no podrá obtener los documentos que le den la posesión de las mercancías. Es decir, este medio de pago implica un intercambio de los documentos contra entrega de los fondos -o contra aceptación de un giro- y el perfeccionamiento del contrato depende de las dos partes. En los créditos documentarios, estamos con el caso de confianza mínima entre comprador y vendedor. En este medio de pago, quien adquiere el compromiso de liquidar la operación comercial no es el comprador sino una entidad financiera.

¿Qué es el crédito documentario?

El crédito documentario es un medio de pago por el cual una entidad financiera (entidad emisora) pone a disposición del exportador (beneficiario) el importe de la compraventa, estando condicionada la entrega al cumplimiento de unas condiciones pactadas. La definición exacta del crédito documentario nos la daban las Reglas y Usos Uniformes Relativas a los Créditos Documentarios en su versión de 1994: Es todo acuerdo por el que un banco (banco emisor), obrando a petición y de conformidad a las instrucciones de un cliente (Ordenante) o en su propio nombre:

  • Se obliga a hacer un pago a un tercero (beneficiario) o a su orden, o aceptar y pagar letras de cambio libradas por el beneficiario.
  • Autoriza a otro banco a que realice el pago, o a aceptar y pagar las letras de cambio.
  • Autoriza a otro banco para que negocie, contra entrega de los documentos exigidos, siempre y cuando se cumplan los términos y las condiciones del crédito.

El crédito documentario implica una obligación de pago condicionada que asume la entidad emisora a favor de un beneficiario y siguiendo las instrucciones del ordenante, basada en los preceptos recogidos en las Reglas y Usos Uniformes Relativas a los Créditos Documentarios, en su revisión de 2007 (UCP 600). El crédito documentario nace como consecuencia de que al internacionalizarse las transacciones comerciales y abrirse nuevos mercados, el desconocimiento mutuo entre las partes, así como los síntomas de la inestabilidad política o económica de las naciones del exportador e importador hacen que el comprador tenga reticencias respecto al vendedor en cuanto a que no quiere pagar antes de recibir la mercancía y el vendedor duda de la solvencia y buena fe del comprador y no quiere embarcar la mercancía sin antes recibir el reembolso de la exportación.

El crédito documentario responde de forma plenamente satisfactoria al deseo del exportador de obtener el cobro de la venta, así como a la necesidad del importador de obtener crédito para su operación. El crédito documentario proporciona una forma de pago contra la entrega de documentos conformes que dan la propiedad de las mercancías y ofrece una forma universalmente aceptada para alcanzar compromisos desde el punto de vista comercial, ya que la operación queda cubierta por el compromiso de una o varias entidades financieras que intervienen en la operación.

¿Cuál es el esquema del crédito documentario?

El proceso operativo del crédito documentario es:

  • Entre comprador y vendedor se establece un contrato, o intercambio de correspondencia (pedido, factura proforma, etc.), en el que se determina que el medio de pago es el crédito documentario.
  • El importador solicita a la entidad avisadora la apertura del crédito documentario de acuerdo con las estipulaciones del contrato.
  • La entidad emisora comunica a una entidad (entidad avisadora) en el país del exportador la apertura del crédito, dando instrucciones sobre cómo notificar el mismo al beneficiario, y, si procede, que añada su confirmación al crédito (en este caso es, además, entidad confirmadora).
  • La entidad avisadora notifica, en los términos recibidos, la apertura del crédito documentario al beneficiario y, si procede, añade su confirmación de acuerdo con lo solicitado por la entidad emisora.
  • El exportador procede a embarcar y remitir las mercancías al punto de destino acordado con el importador.
  • El exportador presenta los documentos requeridos a la entidad avisadora (podrá ser la entidad pagadora, o la entidad confirmadora o la entidad negociadora).
  • La entidad receptora de los documentos (entidad designada) procederá a pagar, negociar o gestionar el cobro de los mismos, según su responsabilidad en la operación, informando de ello al exportador.
  • La entidad desimanada remite los documentos a la entidad emisora.
  • A la recepción de los documentos y previo examen de los mismos, la entidad emisora procede a pagar a la vista los documentos y/o letras de cambio emitidas en virtud del crédito documentario o a pagar la negociación efectuada por la entidad designada.
  • La entidad emisora entrega los documentos al importador que le dan la propiedad de las mercancías.
  • El importador paga a la entidad emisora el importe de la utilización del crédito.
  • El importador, teniendo en su poder con los documentos que le transmiten la propiedad de las mercancías, procede a retirar las mismas en el punto de destino acordado.

Incoterms

¿Qué son los Incorterms?

Los Incoterms son términos de comercio internacional que ayudan a clarificar los puntos básicos de una transacción comercial internacional, nos detallan básicamente en qué punto se realiza la entrega de la mercancía y qué costes debe asumir el vendedor comprador. Los Incoterms detallan básicamente los derechos y obligaciones de las partes, en qué punto se realiza la entrega de la mercancía y qué costes deben asumir los intervenientes en la operación de compraventa internacional.

¿Los Incoterms se pueden utilizar para cualquier medio de transporte?

Si, pero existen Incoterms exclusivos para un determinado transporte. Cada medio de transporte tiene una serie de Incoterms utilizable, aunque podemos distinguir dos grandes grupos:  Los Incoterms polivalentes, que podemos utilizar para cualquier transporte, incluso para transporte marítimo, son: o EXW, FCA, CPT, CIP, DDU, y el DDP.  Los exclusivamente marítimos o fluviales, son: o FAS, FOB, CFR, CIF, DES, DEQ. 

¿Qué variables debo tener en cuenta a la hora de elegir un Incoterm?

Varias, cada operación es distinta y por tanto se deben tener en cuenta qué Incoterm es el mejor en cada operación. Antes de decidir qué Incoterm he de utilizar debo tener en cuenta varios criterios, entre ellos:

  • País de destino.
  • Dimensión de la empresa.
  • Forma de pago.
  • Tipo de transporte
  • Concepto de marketing
  • Riesgo jurídico.  
  • Conocimientos de comercio exterior.
  • Tipología de producto.
  • Costes. 

¿Cúal es la relación de Icoterms vigente?

En la versión vigente (Incoterms 2000) existen 13 términos comerciales internacionales. En la actualidad existen 13 Incoterms La CCI (Cámara de Comercio Internacional) realiza revisiones periódicas de los mismos. En estas revisiones se añaden, se eliminan y se modifican términos con la intención de adaptar la terminología a la evolución del comercio internacional. En la ultima revisión, que entró en vigor el 1 de Debemos tener en cuenta que algunos operadores aún utilizan INCOTERMS que no están en vigor, como pueden ser el C+F, el C&F, el FOA, el FOT o el FOR.

Transporte internacional

¿Qué son los consignatarios marítimos o consignatarios de buques?

Agentes (representantes) de las compañías navieras o armadores en los distintos puertos del mundo. Sus funciones son:

  • Captan cargas para las navieras o armadores que representan.
  • Cobran fletes.
  • Emiten contratos de transporte marítimo internacional (B/Ls).
  • Coordinan las cargas y descargas de buques (vía estibadores)
  • Realizan los trámites administrativos oportunos ante las autoridades portuarias y aduaneras.
  • Actúan como intermediarios entre las navieras o armadores y los cargadores (exportadores) y facturan sus servicios a exportadores o importadores (según el INCOTERM pactado en la compraventa).
  • Reciben comisiones de las navieras o armadores en función de las cargas que obtienen para ellos. 

¿Qué papel juega el transitario en el transporte internacional multimodal?

El transitario intermedia entre el cargador de las mercancías (exportador) y los distintos transportistas internacionales (marítimo, aéreo, terrestre) que van a transportarlas hasta su destino final. En el transporte internacional multimodal la figura del transitario como operador del transporte internacional multimodal (MTO) resulta del todo imprescindible.

El transitario, en nombre propio y por cuenta ajena, contrata el transporte con los distintos transportistas internacionales y, en consecuencia, se erige en único cargador frente a los transportistas y en único transportista frente al cargador. En su calidad de único transportista frente al cargador, el transitario expide un único documento del transporte internacional que cubre todo el trayecto, al tiempo que cobra al cargador (o al destinatario) el flete por la totalidad del transporte.

¿Qué funciones y responsabilidades tienen los agentes de aduanas?

Las funciones del agente de aduanas son la presentación de la documentación en aduanas, la realización de trámites para mercancías especiales, y el abono en nombre del propietario de aranceles y devengos entre otras funciones. Las funciones del agente de aduanas son:

  • Presentar ante la aduana la documentación necesaria para despachar la mercancía (DUA, factura comercial, packing list, certificado de origen...).
  • Realizar los trámites para aquellas mercancías que estén sujetas a reconocimiento físico y que figuran en el manual llamado TARIC.
  • Atender los requerimientos de la aduana en el caso de que ésta quiera hacer uso de su facultad y ordene la inspección física de la mercancía, acto en el que igualmente estará presente.
  • Abonar, en nombre del propietario de la mercancía: o Los aranceles. o Cuantos otros devengos procedan siempre que se negocie con el cliente.
  • El agente de aduanas obtiene de la Administración una copia cumplimentada del DUA denominada LEVANTE, que permite la salida del recinto aduanero.

¿Cuáles son las funciones y responsabilidades de los agentes consignatarios de buques?

Las principales funciones que realiza el agente consignatario de buques son:

Funciones en relación al buque y a la tripulación: Estos servicios varían dependiendo del tipo de agente que se trate y, en general, de la instrucciones recibidas. Según lo anterior, dichos servicios pueden separarse en dos grandes grupos:

  • Servicios implícitos del agente consignatario. Comprende la gestión de las siguientes áreas:
    • Atraque y desatraque: practicaje, remolque y amarre.
    • Despacho ante los diferentes organismos y autoridades: Autoridad protuaria, Capitanía marítima, Aduana, Policía de fronteras, Derechos de entrada y estancia.
    • Seguimiento de las operaciones portuarias.
  • Servicios requeridos como instrucciones precisas, entre los que destacan los siguientes:
    • Suministro de provisiones
    • Suministro de combustibles Designación de inspectores o peritos. Contratación de personal o empresas para reparto del buque. Otro tipo de gastos.

Funciones en relación a la mercancía:

  • Despacho de la mercancía ante la aduana, mediante la presentación del manifiesto de descarga de la mercancía.
  • Emitir el documento denominado ENTRÉGUESE, imprescindible para que el propietario de la mercancía pueda retirarla del muelle.
  • Contratación de empresas para las operaciones de carga y descarga y de estiba y desestiba de mercancías.

Otras funciones:

  • Defender los intereses del armador por cuya cuenta actúe, cumpliendo además lo que éste le encomiende.
  • Gestionar la contratación y/o supervisión de los transportes de mercancías complementarios de los marítimos.
  • Realizar las gestiones relacionadas con la contratación y/o supervisión de las operaciones de manipulación portuaria de la mercancía.

¿Cual es la cobertura genérica del seguro de transporte internacional de mercancías?

Pérdida total, pérdidas parciales (faltas) y daños (averías) que pueda sufrir la mercancía durante la realización de un transporte internacional. Se excluyen, en todo caso, las pérdidas o daños producidos por:

  • Dolor del asegurado.
  • Desgaste y merma natural de la mercancía.
  • Vicio propio de la mercancía.
  • Embalaje o acondicionamiento inadecuados de la mercancía.
  • Inadecuación del medio de transporte (cuando dependa de la voluntad del asegurado).
  • Demoras en la entrega.
  • Riesgos comerciales.

¿Cuál es el contenido mínimo de una póliza de seguro de transporte internacional de mercancías?

Identificación de las partes contratantes; identificación y valor de la mercancía a transportar; identificación del transporte a realizar; tipo de cobertura del seguro, y precio (prima).

  • Partes contratantes:
    • Asegurador (quien cubre el riesgo).
    • Asegurado (sobre quien recae el riesgo).
    • Tomador (quien paga la prima).
    • Beneficiario (quien cobra indemnización en caso de siniestro).
  • Mercancía:
    • Clase y cantidad de mercancía a transportar.
    • Embalaje.
    • Unidades.
    • Peso.
    • Cubicaje.
    • Marcas.
    • Valor de la mercancía y valor que se desea asegurar.
  • Transporte:
    • Medio de transporte.
    • Itinerario.
    • Posibles transbordos.
  • Cobertura: Riesgos cubiertos.
  • Prima:
    • Prima comercial.
    • Recargos legales.
    • Prima total.

¿Qué es el convenio CMR?

Normativa internacional reguladora del transporte internacional por carretera. Convenio internacional establecido el año 1.956 bajo el auspicio de la ONU en Ginebra. España se adhirió a dicho convenio en 1.973, entrando en vigor en el mes de mayo de 1.974.

Se aplica obligatoriamente en el transporte internacional por carretera (TIC) cuando el origen y el destino de dicho transporte se sitúan en dos países distintos y al menos uno de ellos es firmante del Convenio. No es de aplicación en los transportes gratuitos, los transportes postales, las mudanzas, los transportes funerarios ni los transportes realizados por cuenta propia. El Convenio CMR pivota entorno a la carta de porte por carretera (documento CMR) que da fe de la sumisión del TIC al Convenio CMR.

¿Qué se entiende por transporte internacional multimodal?

El traslado de mercancías de un país a otro con utilización de más de un medio de transporte (carretera, ferrocarril, aéreo, marítimo o fluvial) y sin que exista ruptura de carga. En el transporte internacional multimodal, la mercancía puede cambiar de medio de transporte durante el trayecto.

Pese a dichos cambios de medio de transporte (transbordos), la mercancía debe permanecer unitizada (unida). Por ruptura de carga se entiende la desagregación (separación) de mercancía durante el trayecto. Ejemplo: en un contenedor completo puerta a puerta el contenedor se llena en el almacén del vendedor y se vacía en el almacén del comprador. Durante todo el trayecto (con independencia de los medios de transporte sobre los que se vaya cargando el contenedor), la mercancía permanece unida dentro del contenedor. La segunda característica del transporte multimodal es que sólo se utiliza un único documento de transporte que sirve para todos los transportes. Este documento es el FIATA Bill of Lading (FBL).

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